LOS ABUSOS
DE UNA TRANSNACIONAL CONTRA LA PRENSA LIBRE
ESCRIBE:JORGE
MANCO ZACONETTI
Desde 1988 conjuntamente con
la docencia universitaria en la UNMSM, hago periodismo especializado en
diversos medios de comunicación en temas relacionados con el sector de energía
y minas, en problemas relacionados con la defensa del consumidor y en la
defensa de los derechos laborales, pero es la primera vez que una empresa como
“Corporación Lindley-Arca Continental” supuestamente afectada “en su honor” me
demanda en la vía penal, por el delito de difamación agravada.
Se me demanda con una
reparación de S/ 500 mil soles y/o una pena privativa de la libertad por dos
años según el artículo 131º del Código Penal, cuestión que verá por segunda vez
el juez del 29º Penal-Reos Libres, pues en una primera instancia el 30 de
noviembre del 2017, el 43º Juzgado Penal por medio del expediente
07485-2017-0-1801-JR-PE-43 declaró: “No ha lugar a instaurar proceso penal
contra don Jorge Eusebio Manco Zaconetti por presunto delito contra el Honor en
la modalidad de Difamación Agravada, en agravio de Corporación Lindley..”
La empresa supuestamente
agraviada apeló y se reabrió nuevamente
el proceso en otro juzgado, con otro juez y espero que con las pruebas en la
mano, nuevamente se mandé al archivo una
demanda “que no tiene pies ni cabeza”, y que evidentemente es violatoria de la
libertad de expresión y de pensamiento, derechos fundamentales del ciudadano.
Al margen de la grave
corrupción que existe en el Poder Judicial, cuestión que ha sido materia de
difusión en los medios periodísticos en los últimos meses, donde algunos
vocales supremos, superiores, jueces y fiscales han conformado parte de redes
corruptas que ponían precios a sentencias y favores, siendo la máxima expresión
de aquellos malos jueces el hermanísimo Dr. Hinostroza, yo confío en la
honestidad, seriedad y equidad del Poder
Judicial, que debe tener la mayor autonomía en sus decisiones.
¿ QUÉ ES LA CORPORACIÓN LINDLEY?
Con los datos
correspondientes a la Memoria Anual 2017 y los resultados financieros al primer
semestre del 2018 podemos afirmar que es una empresa rentable que tiene como
socio mayoritario a la transnacional mexicana Arca Continental, y con la
reciente compra del 38.5 % de participación de Perú Beverage Limitada, filial
de la Coca & Cola Company controla ahora más del 99 % de las acciones del
capital social.
Arca Continental desde
setiembre del 2015 resulta ser el accionista mayoritario de la Corporación Lindley
responsable de la producción y distribución de las bebidas gaseosas
emblemáticas como la Inka Kola, Coca Cola, Fanta, Crush, etc. Es la empresa
líder del mercado de bebidas y gaseosas con un control de aproximadamente el
67º del mercado.
Por la compra/venta
de la mayoría accionaria más del 61 % de la Corporación Lindley, tuvo que pagar
casi 972 millones de dólares en los cuales se incorpora un monto de 150
millones de dólares por el compromiso de no competencia, el cual no fue
debidamente informado a la Superintendencia del Mercado de Valores de Lima.
Por el hecho de no
informar debidamente al mercado de valores la Superintendencia del Mercado de
Valores de Lima, sancionó a la Corporación Lindley con máxima penalidad con la
multa de 200 UIT, cerca de 800 mil soles la misma que fue pagada sin reclamos
reconociendo la “falta grave” cometida que afectaba la transparencia del
mercado.
Por este hecho no
declarado la Corporación Lindley fue sancionada y mi delito ha sido difundir en los medios esta sanción que
expresa las malas prácticas de una transnacional. Es decir, las diversas
fracciones del grupo Lindley reciben US $ 150 millones de dólares por el
compromiso de no hacer la competencia a la empresa compradora Arca Continental
en el mercado interno de gaseosas.
AGUA A PRECIOS SURREALISTAS
Sí, Arca
Continental-Lindley incluidas más de treinta empresas según listado de la
Autoridad Autónoma del Agua (ANA) y de la propia empresa Sedapal que no podía
colocar medidores en estas empresas para hacer una facturación moderna, abonan
por el agua subterránea de pozos propios una tarifa irreal, absurda. ¿Cuánto es
el precio pagado?
Pagaban la increíble
suma de catorce céntimos de sol (S/0.14) por cada mil litros de agua, cuando un
sufrido consumidor promedio abona más de tres soles por el mismo volumen de
agua, aproximadamente S/ 3.15 por M3
Es más, los
pobladores urbanos marginales tienen que pagar más de quince soles por cada mil
litros de agua, lo cual constituye una aberrante desigualdad. Si se asume que el
agua es un bien público, empresas rentistas, mercantilistas como la Corporación
Lindley, estaban pagando esa tarifa según el ANA y la propia Comisión de
Vivienda del Congreso de la República. ¡Mi delito difundir dicha información
vía faceboock y en el Diario UNO!
OTROS
ANTICUCHOS DE LA CORPORACIÓN
Según el cuadro
“Multas Impuestas por Indecopi a Corporación Lindley” desde el 2013 al 19 de
enero del 2018, resulta evidente la serie de infracciones cometidas por la
Corporación Lindley en detrimento del consumidor.
Solamente en el 2017 Corporación Lindley tuvo que abonar
más de 153 mil soles por la aplicación de 38 UIT por concepto de multas, sea
por falta de idoneidad, productos riesgosos, falta de atención por reclamos,
según diversas resoluciones impuestas a esta poderosa transnacional que se
jacta de sus prácticas de responsabilidad social. ¡Mi delito difundir esta
información que tiene carácter público!
Es más en el 2018, es
nuevamente sancionada por la “la falta de protección al consumidor, idoneidad e
inocuidad de alimentos” mediante la Resolución 132-2018/CC2 con una multa de 5
UIT equivalente a S/ 20,750 soles, como
se podrá observar en el cuadro respectivo.
MULTAS
LABORALES
Como no podría ser de otra manera también la Sunafil
organismo público dependiente del Ministerio de Trabajo y Fomento del Empleo,
con fecha 27 de febrero del 2018 impuso más multas a esta empresa de prácticas
nada transparentes.
Por medio de estas multas
se le obliga a pagar a la Corporación Lindley al abono equivalente de
19.8 UIT más un 50% de la UIT por un valor de S/ 101 mil soles por grave
discriminación a los trabajadores del sindicato Sinatrel, “en el libre
ejercicio de su actividad sindical” y por incumplimiento en el “requerimiento
de la adopción de medidas en orden al cumplimiento de la normativa de orden
sociolaboral”
Lamentablemente son tan insignificantes las multas y
sanciones a esta transnacional que esta abusiva y prepotente Corporación
Lindley prefiere abonar las multas de los organismos reguladores, pues no
constituyen correctivos ejemplares, más aún cuando se pondría en peligro la salud de los consumidores por procesar
productos riesgosos y con falta de idoneidad, según el Indecopi.
Por tanto, mi delito ha sido difundir y hacer pública
esta realidad que afecta a los consumidores y a los trabajadores sindicalizados
que experimentan en carne propia una serie de abusos laborales.
UNA PERLA MÁS
Por escribir sobre el
comportamiento de la acumulación del capital en un artículo publicado en este
diario con el título de “Las Malas Prácticas Empresariales” expresé que “De allí, la
lógica del capital de imponer las políticas de “cholo barato”, el peseteo en
las propuestas de incremento salarial, la enajenación de la participación en
las utilidades a los trabajadores, la sobrevaluación de costos con las empresas
vinculadas, etc., todo ello con el fin
de maximizar en lo posible las utilidades. Esto se llama la ley de la
acumulación del capital, que está en el ADN del capitalista, el problema es
cuando se utilizan métodos propios del siglo XVIII para un capitalismo del
siglo XXI. Sirva de ejemplo el caso de la transnacional mexicana Arca
Continental Lindley que tiene como
accionista mayoritario a la empresa estadounidense Coca & Cola”
Al margen de la redacción
constituye un principio universal del capitalismo la ley de acumulación del
capital que se expresa en la maximización de las utilidades en detrimento de
los salarios y de los pagos al estado por concepto de impuestos.
Esta es una ley objetiva,
general del capitalismo que no depende de la voluntad de los capitalistas, está
en el ADN está en la genética de ser representante del capital. A mayores
beneficios menores serán los salarios en relación a la riqueza creada.
Si por escribir este texto
se me denuncia que estoy afectando el honor de una empresa transnacional que
tiene “más anticuchos” como hemos demostrado, y se quedan en el tintero una
serie de denuncias adicionales que tendrían que ver con la información
distorsionada en relación al contenido de azúcares en las bebidas,
prácticamente sería largo el rosario de faltas de esta empresa.
En verdad, esta demanda de
la Corporación Lindley “no tiene ni pies ni cabeza” y su único es objetivo es
intimidar la investigación independiente y crítica en el sector de gaseosas y
bebidas, donde esta empresa ocupa una posición dominante, con prácticas nada
transparentes a pesar de los reconocimientos en el ámbito de la responsabilidad
social.
Por ello confió en la
integridad e independencia del Poder Judicial en nuestro país para impartir
justicia al margen del poder económico y político que tiene esta transnacional que
demanda a un investigador crítico e incómodo a los grupos de poder.
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