martes, 29 de diciembre de 2015

FRENTE A LAS ABUSIVAS TARIFAS DEL GLP - El Reto de la Masificación del Gas Natural en Piura.

Escribe: Jorge Manco Zaconetti (Investigador UNMSM)

Piura es un departamento dotado con una serie de recursos naturales renovables y no renovables que debieran ser racionalmente aprovechados para eliminar la pobreza, la extrema pobreza y financiar la construcción de ventajas competitivas, con inversiones en infraestructura, salud, educación de calidad con seguridad ciudadana. En el subsuelo norteño no solamente yacen importantes reservas de petróleo que tienen más de 100 años de explotación y de las cuales apenas se han aprovechado alrededor del 15 por ciento en razón de las particularidades geológicas de la Cuenca Talara y el Zócalo Continental. 

También subyacen abundantes reservas y recursos gasíferos asociados al petróleo, que históricamente se ventean, se queman o se reinyectan por falta de un mercado que monetice es decir, haga rentable la explotación del gas natural, recurso hasta ahora no aprovechado lo suficiente, pues se tiene que construir el mercado para el gas, para que los usuarios y empresas de la región tengan un energético más barato en relación a los derivados del petróleo en particular gasolinas y GLP. 
Durante el siglo XX se privilegió la explotación del petróleo crudo con la IPC, Belco, PetroPerú y desde la privatización de los campos de la petrolera estatal    empresas  como Savia, CNPC, Sapet, Olympic, Graña y Montero y Petrolera Monterrico tienen importantes reservas y recursos gasíferos que debieran ser utilizados en la masificación del gas natural en Piura y por extensión al norte del país, para depender lo menos posible de las fluctuaciones del precio internacional del crudo y derivados.

Con la masificación del gas natural también se deben  superar las distorsiones en la distribución mayorista y minorista de combustibles que limitan en las condiciones actuales la satisfacción al consumidor con precios competitivos, es decir baratos con un servicio de calidad y reconocida seguridad.
Sí, se trata que los ciudadanos de a pie, las amas de casa, los pequeños comercios y la pequeña industria de Piura y por extensión los departamentos del norte del Perú se beneficien de las bondades de la cultura del gas natural. Si se tiene en cuenta que en la presente coyuntura los precios del  petróleo en menos de un año se han derrumbado de 100 dólares el barril a menos de 40 dólares el barril, sin embargo los consumidores en el país pagamos por el barril del gas licuado (GLP), haciendo las debidas conversiones, un promedio de 67 dólares por el mismo barril de GLP, a los precios de noviembre del año que termina.

Es más, en Piura abonamos más de 37 soles por un balón de GLP más conocido como gas doméstico en razón de una serie de distorsiones y abusos al consumidor, pues gracias a la explotación de los líquidos de gas natural de Camisea que se constituyen en el insumo fundamental para la obtención del GLP en la Planta de Pisco, somos autosuficientes en este derivado, a diferencia de las gasolinas y diesel, pues dependemos del petróleo importado básicamente.
Con la información disponible, para el mes de noviembre del 2015 si los precios del petróleo WTI se fijaban en los 42.39 dólares el barril, los líquidos de gas natural de Camisea se valorizaban por los 24.19 dólares el barril, es decir 18 dólares menos, y sin embargo, el consumidor de Lima y Piura y en general del país abona más de 67 dólares por el barril de GLP beneficiándose además del Consorcio Camisea, las empresas envasadoras como Repsol, Solgas, Lima Gas, Zeta Gas, Delta Gas, Pecsa etc. Ver gráfica de la Evolución del WTI y los LGN del lote 88.

En tal sentido, cabe preguntarse la relación existente entre precio/costo en el proceso de fraccionamiento de los líquidos de gas natural (LGN), como en el  envasado, transporte  y distribución de GLP. Si se tiene en cuenta que el insumo para la obtención del gas licuado, es decir el LGN se valoriza en 24 dólares y el consumidor tiene que abonar más de 67 dólares por un barril de GLP que normalmente se expende en balones de 10 kilos. ¿Dónde está la magia que convierte lo que vale 24 dólares se transforme en 67 dólares?   

Con la propia información del organismo regulador Osinergmin si en promedio  el balón de GLP de 10 kilos se vende en 37 soles llegando a precios superiores a los 40 soles cuando se trata de provincias, una alternativa para superar estas distorsiones la constituye la masificación del gas natural, y Piura tiene esa posibilidad gracias a la II Propuesta Tarifaria presentada por la empresa Gases del Norte del  Perú filial de la colombiana Promigás, ante el organismo regulador Osinergmin cuyas observaciones del 22 de diciembre mediante el Informe N 0768-2015-GART  exponen una sustancial disminución de las tarifas en relación a la I Propuesta Tarifaria para los usuarios residenciales (61 % menos), del pequeño comercio (48 % menos) y gas natural vehicular (57 % menos) para bienestar de los consumidores. 



NO HAY PRIMERA SIN SEGUNDA
En relación a la primera propuesta tarifaria presentada por Promigás que fue observada por el organismo regulador en el Informe N 0509-2015-GART de fecha 25 de agosto del 2015, en lo referente a la tarifa que pagaría el consumidor residencial y el pequeño comercio fuimos aceradamente críticos pues pagar 22.8 dólares por un millón de BTU (Unidad de calor MMBTU) nos parecía un exceso, en especial si los productores de gas natural en Talara en promedio valorizan el MMBTU de este energético a lo sumo en 3 dólares.
Si se tiene presente que aproximadamente el 0.44 de un millón de BTU resulta equivalente en poder calorífero a un balón de 10 kilos de gas licuado de petróleo (GLP), el usuario hubiera pagado más de 10 dólares equivalente en gas natural lo que expresado en soles hubiese significado abonar más de 33 soles por el gas natural que frente al valor de un balón de GLP con precios promedio de 37 soles hacia poca atractiva la conversión, es decir, trasladarse del gas doméstico (GLP) que se vende en balón para acceder al servicio del gas natural que se distribuye por redes subterráneas a los domicilios significaba según el Osinergmin un ahorro apenas del 5 por ciento.

Sin embargo, entre agosto y diciembre a pedido del organismo regulador por razones técnicas y económicas, pero también hay que decirlo a la campaña mediática que sensibilizó a la opinión pública en especial piurana, Promigás ha presentado una II Propuesta Tarifaria donde la tarifa del gas natural para el consumidor residencial y pequeño comercio se valoriza en 8.89 dólares por MMBTU, es decir, se constata una sensible disminución de casi 14 dólares en relación a la primera propuesta que tenía un valor de 22.8 por MMBTU, es decir se verifica una variación hacia abajo del 61 por ciento, que favorece al usuario.
¿Qué significa para el consumidor residencial pagar 8.89 dólares por millón de BTU? Según el propio organismo regulador equivale a un ahorro en relación al precio del GLP del 54 por ciento, lo cual beneficia la masificación del gas natural en la región  y por ende del norte del país, pues el gas que yace en el subsuelo de Piura debe satisfacer a futuro los requerimientos del gran mercado del norte del Perú. Esto podría ser realidad antes del 2021 celebrando el Bicentenario de nuestra independencia.

Aplicando el mismo ejercicio para la comparación frente al balón de GLP. Si el 0.44 de un millón de BTU resulta equivalente al poder en calor de un balón de 10 kilos, se tiene que el 0.44 de 8.89 dólares es igual a  3.9 dólares al cual se suma el 18 por ciento por concepto de IGV, lo cual resulta aproximadamente en 4.6 dólares, los que convertidos al tipo de cambio de 3.40 soles por dólar, se obtiene una cifra cercana a los 16 soles.
Es decir, de ser realidad el proyecto de masificación en Piura el usuario residencial pagaría mensualmente en gas natural a lo mucho 16 soles que resultan por muy debajo a los 37 soles o más que pagaría en su equivalente en un balón de 10 kilos de GLP.

Si  a ello se agrega que los 16 soles mensuales en gas natural incluido en ese precio el impuesto general a la venta (18 % de IGV) que capta el fisco, permanecerán sin cambio en los próximos ocho años, con la posibilidad de disminuir después si la demanda de los consumidores residenciales se incrementa lo cual supone la más amplia difusión de las ventajas de la cultura del gas natural.
Por ello, frente a los termocéfalos y oportunistas de la política que ofrecieron el balón de GLP a un precio de 12 soles repitiendo la campaña del 2011, que sin fundamento técnico alguno cuestionan la tarifa del gas a 16 soles mensuales se les recuerda lo que sucedió con el Proyecto Punta Lagunas (Sechura) como experiencia frustrada de la masificación del gas natural a partir del gas proveniente del lote Z-2B que desde el 2010 no se aprovecha lamentablemente. ¿Cuánto ha perdido la región por no contar con un energético barato, seguro y ambientalmente limpio?

En tal sentido, el organismo regulador Osinergmin en el cumplimiento de sus funciones ha pedido a la empresa Gases del Norte reajustar su presupuesto de inversiones, mejorando el trazado de los ductos que atravesarán el desierto piurano, de allí esta II Propuesta Tarifaria que resulta favorable al consumidor en especial residencial, de la pequeña industria y de manera especial del gas natural vehicular cuya tarifa modificada será de 6.67 dólares el MMBTU lejos de los 15.5 dólares planteados inicialmente.

En síntesis, la relación entre el Estado y el mercado sobre todo en “industrias nacientes” exige que la regulación beneficie a todas las partes. En primer lugar, a los usuarios residenciales que normalmente representan una mínima porción de la demanda, pues el “lomo fino” es el mercado de las empresas. En segundo lugar, el estado nacional y gobiernos locales pues tendrán más recursos por concepto de canon y sobrecanon al margen del impuesto a la renta, y la demanda adicional de mano de obra directa e indirecta, con las ganancias competitivas de contar con un energético más barato. 
Y lo que es más importante, estamos apostando desde Piura por el cambio de la matriz energética para depender lo menos posible de las oscilaciones en los precios del petróleo y superar las distorsiones en el envasado, transporte y distribución del GLP que perjudican al consumidor; en ese sentido los termocéfalos debieran responder sobre lo que resulta más favorable al usuario ¿Abonar 16 soles mensuales en gas natural o 37 soles en su equivalente de GLP en un balón de 10 kilos? Frente a ello, lo más efectivo es la masificación del gas natural en el norte del Perú.    




lunes, 14 de diciembre de 2015

El petróleo sigue en caída libre, pero en Perú no bajan los precios

Escrito por: Javier Contreras
Publicado en La República*
Domingo 13 de Diciembre  del 2015

Combustibles. Precio del barril de crudo bajó a US$ 35,39, un mínimo en seis años, pero en el país las refinerías y los grifos no trasladan esa reducción a los usuarios. En EEUU la gasolina regular se vende en US$ 1,97 por galón y en el Perú en casi el doble.

La gasolina "regular" (similar a la de 90 octanos) se vende en US$ 1.97 por galón en Virginia 
Este viernes, el precio del Petróleo West Texas Intermediate (WTI), utilizado como referencia para la fijación de precios en el mercado peruano, cayó a US$ 35,39, con lo cual alcanzó su menor precio desde hace seis años (jueves 15 de enero del 2009), cuando se vendió en US$ 35,41.

Esto, en una economía de libre mercado como la peruana, debe impulsar a que el precio de los combustibles baje significativamente.

Como muestra un botón. En Estados Unidos, país cuyas leyes también consagran el libre mercado, sí se registra una considerable baja en el precio de los carburantes.

En Lorton, Virginia (EEUU), la gasolina “regular” (similar a la de 90 octanos) se vende en US$ 1,97 por galón (S/. 6,65 al cambio) y las de mayor octanaje en US$ 2,79 y US$ 2,89. Es decir, un precio muy bajo.

Sin embargo, en los grifos de Lima y del interior del país, el precio de las gasolinas apenas bajó algunos puntos o se mantiene en el mismo nivel desde semanas atrás.

UNA DURA REALIDAD
En San Juan de Lurigancho, distrito de mayor población del país, los precios son muy caros. La gasolina de 84 octanos se vende hasta en S/. 12,04 (grifo Baktun en la avenida Gran Chimú Nº 1412). La misma estación vende la de 90 octanos en S/. 12,77 y la de 95 en S/. 17,33.

Si comparamos el precio del galón de gasolina regular en EEUU (S/. 6,65 al cambio) con la de 90 octanos, los usuarios de ese grifo pagan S/. 6,12 de sobreprecio (US$ 1,81).

El portal “Facilito” (de Osinergmin) señala que en el grifo Alaspe, ubicado en la avenida Venezuela Nº 3343, Cercado de Lima, la gasolina de 84 octanos se vende en S/. 9,89, la de 90 octanos en S/. 10,29 y la de 95 octanos en S/. 12,29.

En Lima Norte, los conductores pueden encontrar la gasolina de 84 octanos en S/. 11,17 en el grifo F.J. Service (Los Olivos), la de 90 en S/. 11,57 y la de 95 en S/. 13,47.


Dichos precios son muy superiores a los de enero del 2009, cuando el carburante de 84 octanos costaba en promedio S/. 7,95, el de 90 octanos S/. 8,50 y el de 95 octanos S/. 11.

Solo en Lima, más de 2 millones 200 mil personas poseen un vehículo y a diario deben tanquear sus unidades pagando precios muy elevados. Ellos son los más perjudicados.

¿Quiénes deben intervenir para regular la venta de los combustibles a precios justos? La tarea recae sobre el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), instituciones que en más de una oportunidad afirmaron que en una economía de libre mercado el precio de venta de los carburantes se regula por la oferta y la demanda, es decir, no hacen nada.

LA VOZ DEL EXPERTO

Jorge Manco Zaconetti, investigador de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, recuerda que el crudo WTI está por debajo de los US$ 50 desde hace varios meses y en el Perú las refinerías (Petroperú y La Pampilla) no trasladan esos menores precios a los usuarios.

También influye el componente fiscal, pues los combustibles tienen que pagar 8% de Impuesto al Rodaje, ISC e IGV. Pero sobre todo tienen que ver los costos de distribución mayorista y minorista.

“Petroperú no tiene grifos propios, todos son privados, los que –cuando los precios suben– hacen el reajuste inmediatamente, pero cuando hay baja de precios no lo trasladan aduciendo que tienen sus reservas llenas”, comentó.

Lamentó que Indecopi no esté trabajando en el tema, pues en Estados Unidos los precios están muy por debajo de lo que están en el Perú.

“Según la Ley de hidrocarburos, los combustibles no son bienes públicos que deben regularse, más bien se rigen por la oferta y la demanda, y es el mercado el que debe asignar los precios”, puntualizó.

Pero el libre mercado solo beneficia a las refinerías y a los griferos.

(*) Puede ver la publicación en:



miércoles, 2 de diciembre de 2015

DURA REALIDAD EN LUGAR DE LOS BUENOS DESEOS EN GUERRA DE ELÉCTRICOS

Escrito por: César Gutiérrez.
Publicado en Utilities Perú*
Miércoles 2 de Diciembre  del 2015

Reemplacemos el discurso genérico e impreciso por propuestas serias
Han bajado los bríos mediáticos de la confrontación entre un grupo de empresas operadoras del sector eléctrico peruano y el Ministerio de Energía y Minas, con la presencia de la no mencionada explícitamente pero que obviamente es la concesionaria Luz del Sur SA, empresa de propiedad mayoritaria de la californiana Sempra Energy. Esto no significa que las aspiraciones de los reclamantes hayan sido satisfechas, lo que pasa es que los titulares se agotaron y el discurso también. Lo importante es escudriñar en los temas de fondo porque las implicancias de lo que se decida las cargaremos todos los peruanos.

LA AGENDA PENDIENTE DEL MINISTERIO

En la bandeja de entrada del Ministerio de Energía y Minas hay muchos archivos que ni siquiera han sido abiertos. Los interesados inmediatos, las empresas operadoras, de acuerdo a sus intereses pugnan por llevar agua para su molino, es su rol; mientras que el del gobierno es buscar que confluyan en armonía los intereses de todos los agentes, dentro de los cuales estamos los consumidores. Siendo la agenda prolífica lo que es de interés inmediato, es el Reglamento del Mercado de Corto Plazo (MCP), que según la legislación (artículo 2 del DS 032-2012 del 29.08.2012), debería ponerse en vigencia a partir del próximo 01 de enero del 2016.

El Viceministro de Energía, funcionario a “part time”, con consentimiento de la Ministra Rosa María Ortiz; declaró en Radio Programas del Perú (RPP) en días pasados, que en la presente semana se prepublicaría el proyecto de Decreto Supremo con el reglamento, hay que anotar que no es ningún favor que no es hacen, sino que el propio DS-032-2012 , en su artículo 3, refiere que habrá prepublicación, la que estaba programada según esta norma, para fines de febrero del 2013. Superando el “ligero” retraso estamos ávidos por leer la propuesta ministerial.

EL PUNTO ÁLGIDO DEL REGLAMENTO DEL MCP

Los puntos a desarrollar en el reglamento del MCP; que no viene a ser sino el mercado donde se hacen transacciones diarias de compra y venta de potencia y energía para conciliar los déficits transitorios de algunos con los excedentes de otros, son diversos, pero para iniciar, me referiré a las compras que están autorizados a realizar los distribuidores para sus clientes libres (los que consumen más de 2.5 Megavatios) y los grandes usuarios (los que consumen más de 10 Megavatios), según lo establece el artículo 11.1 de la Ley 28832 del 23.07.2006.


 ministra con Humala 


 El problema es que en el mercado de contratos, donde se hacen transacciones de compra y venta de energía para plazos de 10 años, el precio por todo concepto (monómico) es en promedio del orden de 59 dólares/megavatio-hora (US $/MWH), mientras que en el MCP, conocido también como mercado spot, el precio monómico asciende a la cifra de 24 US $/MWH. El temor de los generadores es que los distribuidores o los propios grandes usuarios salgan a comprar en el MCP, y con los valores actuales, se tendría un ahorro del 59%, cantidad importante para solicitar por parte de los grandes usuarios la resolución de contratos que tienen con los generadores. Teniendo en cuenta que la penalidad por resolver un contrato en caso extremo significa el pago de tres facturas mensuales, con el ahorro señalado en 5 meses se recupera la penalidad y a partir del mes 6, se tendrá un ahorro mensual de 59%.

CIFRAS REALES DE UNA MIGRACIÓN DE UN GRAN USUARIO AL MCP

Para que tengan una idea de los montos, un cliente de 12 MW (pequeño dentro de los grandes consumidores), se ahorraría mensualmente por una transacción de este tipo la suma de 242 mil US $, más de 1.2 millones de dólares (MM US$) en 5 meses. Obviamente es muy atractivo desde el punto de vista de un consumidor. Sin embargo para tomar una decisión de este tipo hay otras consideraciones adicionales que se tienen en cuenta: garantía que el precio del MCP se mantendrá muy por debajo del mercado de contratos durante varios años, que haya la cantidad de energía suficiente y la ponderación del costo de la energía en los costos de producción. Con todas estas variables resueltas favorablemente las empresas pueden tomar una decisión que tendrá siempre algunos riesgos, por ejemplo que haya un crecimiento desmesurado de la demanda o años hidrológicos muy secos o ambos escenarios en simultáneo.

CENTRAL TERMOELECTRICA FENIX POWER EN CHILCA

Si se echan todas las cartas del Tarot de Marsella en la mesa, con sus arcanos mayores y menores, con una posición conservadora se prevé lo siguiente: el crecimiento de la demanda eléctrica anual será del orden del 5% y con ese crecimiento la situación de excedencia será similar a la actual por lo menos en los próximos tres años, y el precio monómico esperado del MCP en caso extremo no excederá los 30 US$/MWH. Con esa cifra el ahorro será de 49%, es decir será siendo igual de atractivo que ahora.

CENTRAL TERMOELÉCTRICA FENIX POWER EN CHILCA

Puestas así las cosas, el temor es que el esperado reglamento del MCP otorgue carta libre o muy laxa a las compras de distribuidores para sus clientes libres o la de los grandes usuarios. Piensan los generadores que podría haber un éxodo comparable con el liderado por Moisés ofreciendo la tierra prometida a los hebreos. No soy tan pesimista, los grandes usuarios que pueden hacer transacciones directamente o a través de los distribuidores, son conservadores por naturaleza; sin embargo más vale prevenir.

LA PROPUESTA PARA EL REGLAMENTO DEL MCP

La gran discusión será cuantificar que cantidades de potencia y energía podrán contratar distribuidores y grandes clientes en el MCP. Opino que hay dos puntos a tomar en cuenta: primero, que siempre se conceptualizó este mercado como el de oportunidad para operaciones transitorias, no de relaciones de largo plazo y segundo que hay una referencia para establecer la cantidad y ella está contenida en la Ley 28832, en el Capítulo Segundo: Contratos, Licitaciones e Incentivos para el abastecimiento oportuno de energía eléctrica; artículo 5: Plazo para iniciar el proceso de licitación, acápite 5.2. Aquí se refiere a los mecanismos para cubrir desviaciones de la demanda que se han estimado con anticipación y establece que las distribuidoras para atender a sus usuarios regulados, como consecuencia de las desviaciones, pueden contratar hasta el 10% de la demanda de ellos, convocando a concursos con menos de tres años de anticipación. Es decir se ha establecido que el margen de error en que se puede incurrir al hacer estimados a futuro son del 10% como máximo, por tanto si en el MCP se pueden atender diferencias entre oferta y demanda, la cifra autorizada no deberá exceder del 10% de lo que tienen contratado los distribuidores para los clientes libres.




Si queremos ser más precisos aún, podemos utilizar los Boletines Estadísticos del Mercado Libre elaborados por Osinergmin, allí encontraremos que a septiembre de este año y esa es la tendencia de los últimos años, los distribuidores atienden una máxima demanda no coincidente de hasta 2,909.85 MW, una demanda coincidente con la máxima demanda del mercado libre de 2,309.66 MW y una demanda coincidente con la máxima demanda del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) de 2,294.34 MW. El caso extremo sería que el mayor valor se consuma simultáneamente, con ello el error que se podría contratar en el MCP en potencia sería de 290.99 MW y la energía asociada al factor de demanda de 0.7385, que es la registrada en el mercado libre, ascendería a 154.73 GWH mensuales. Estas cifras no tienen que significar preocupación alguna para los generadores pues solo representan del mercado total el 5% en potencia y el 4% en energía.

En conclusión en cuanto al límite de contratación en el MCP para toda la atención del mercado libre a través de distribuidores, este no tendrá razón alguna para exceder el 10% de la demanda transada en dicho mercado por los distribuidores. Aún hay otros aspectos que deberá tener el reglamento que serán materia de otras publicaciones.

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martes, 1 de diciembre de 2015

TAMBORES DE GUERRA EN EL SECTOR ELECTRICIDAD

Escrito por: César Gutiérrez.
Publicado en Utilities Perú*
Martes 1 de Diciembre  del 2015

Rompiendo el clima de abulia en el mercado eléctrico peruano, la semana que pasó se han escuchado tambores de guerra de siete empresas generadoras contra la Ministra de Energía y Minas, Rosa María Ortiz, que se está labrando a pulso el título de la Tatcher del sector energía, al menos ya despidió de diversas dependencias de su sector, a un buen número de funcionarios de carrera, quedándose con “pulpines” para una tarea normativa compleja como le corresponde a su cartera. No contenta con la razia ahora va al ajuste de cinturones de las empresas, aunque repiten los guerreros la trillada frase: “para sus amigos todo, para sus enemigos la ley”.  Vamos por partes para entender la naturaleza del problema

 EL TEMA DE COYUNTURA: LA NORMATIVA DEL MERCADO DE CORTO PLAZO

 En el pliego de reclamos, palabra que suena al ámbito sindical, pero que ahora se aplica a la patronal, hay diversos temas, algunos de ellos que corresponden al pasado cercano y lejano, de difícil solución porque para ello habrá que pasar por las horcas caudinas del Congreso, pero hay uno que está por ocurrir durante el mes de diciembre que está por iniciarse y se refiere al llamado Mercado de Corto Plazo (MCP), que corresponde a las transacciones diarias de compra y venta de energía entre agentes del mercado eléctrico.



Los reclamantes aducen que habían presentado un proyecto legislativo para que sea considerado en las medidas que se emitieron por la delegación de facultades que otorgó el Legislativo al Ejecutivo en meses pasados, donde aspiraban que sean excluidos a tranzar en el MCP, tanto los distribuidores como los grandes usuarios (consumidores mayores a 10 MW). La preocupación reside en que a partir del 01 de enero del 2016, deberá contarse con un Reglamento del MCP, en cumplimiento al artículo 2 del DS-032-2012 (29.08.2012); que ya significaba una prórroga a lo que indicaba el artículo 3 del DS-027-2011-EM (10. 06.2011), donde se esperaba que el reglamento estuviese expedito el 01.01.2012. Es decir que en un mercado tan importante está operando sin reglas definidas desde hace 4 años. Es más el origen  de la necesidad de reglamentación nace en la Ley 28832, denominada “Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica, que fue publicada en el diario oficial 23.07.2006. Más de 9 años de dilaciones ya es demasiado tiempo para andarse a tumbos.

 El temor hoy en día es que se permita el acceso al MCP para satisfacer demandas de mediano plazo, dado el bajo precio que se viene registrando en este mercado, por los excedentes de oferta existentes y donde se espera que la media anual de los próximos años no exceda la cifra de 30 US $/MWH (50% del precio del mercado de contratos). Según la Ley 28832, pueden acceder al MCP los distribuidores para atender demandas de sus usuarios libres (consumidores de más de 2.5 MW) o directamente los grandes usuarios (consumidores de más de 10 MW).  En este tema, conociendo el comportamiento de los usuarios libres, difícilmente ellos acudirán al MCP para tener abastecimiento de energía. Los pequeños, que son el 64% (213 clientes libres), no tienen la capacidad técnica para negociar en esas ligas y los grandes 36% (121 clientes libres), donde predominan las mineras, son demasiados conservadores en este aspecto y si bien es cierto sus facturas mensuales pueden ser millonarias, en términos relativos a su estructura de costos no son tan significativas como para tomar riesgos de desabastecimiento.

 En cuanto a los distribuidores, el tomar potencia y energía para atender a los clientes libres, que es lo máximo que podrían hacer porque solo a eso los faculta la Ley 28832 (artículo 11.1 del Capítulo III: El Mercado de Corto Plazo), tampoco le veo que vayan a tomar mayor riesgo. Mi impresión es que se está sobredimensionando las expectativas negativas, lo cual no significa que no se debe estar atento, porque de perpetración de barbaridades ya tenemos experiencia.

EL PASADO INMEDIATO: LA LAXITUD EN EXIGENCIAS A LAS DISTRIBUIDORAS EN EL DL 1221

Haciendo uso de las facultades legislativas, el pasado 24.09.2015; el Ejecutivo promulgó el DL 1221, donde en el artículo 1 se modifican diversos artículos de la Ley de Concesiones Eléctricas (DL 25844), entre ellos el 34.b) donde antes se establecía que las distribuidoras deberían tener contrato con las generadoras para garantizar la demanda del servicio público de electricidad (usuarios regulados), ahora solo se dice que el distribuidor deberá garantizar la demanda. Aún no se sabe cómo será esa garantía, se espera que en el reglamento se precise y en eso se debe trabajar. No hay vuelta atrás por el momento porque la única forma de cambiar el DL 1221, es pasando por el Congreso, tarea nada fácil, pues ahora los legisladores andan preocupados para auparse a algún lista para intentar la reelección. 

LA MALA INTERPRETACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VERTICAL CON EL VICEMINISTRO RAÚL PÉREZ REYES A LA CABEZA.

 Otro de los temas que ha estado en la crítica de los operadores ha sido en la posición tomada por Luz del Sur SA, a quien no han querido mencionar, error porque para hacer frente hay que encarar al adversario. El tema viene por la central Santa Teresa construida por la distribuidora Luz del Sur SAA, sin constituir una persona jurídica para tal efecto, como si lo tiene su par el grupo italiano Enel, donde para la distribución tiene a Edelnor SAA y para la generación las empresas Edegel SAA y Eléctrica de Piura SAA.



Aquí hay poco raciocinio, los usos y costumbres han llegado a hacer pensar que un mismo titular no puede hacer las operaciones de Generación y Distribución. El segundo párrafo del artículo 122 de la Ley de Concesiones Eléctricas indica que no hay tal prohibición, si es que en los actos de integración vertical no implican reducción a la competencia.
 La central de Santa Teresa se construye cuando Luz del Sur SAA obtiene la buena pro del concurso organizado por Proinversión, el 13.07.2010; ofreciendo entregar el 15% de la energía producida por las unidades generadoras de potencia no menor a 90.73 MW. A esas alturas era obvio que la ganadora no tenía el 5% de participación del mercado que exige el Reglamento (DS-017-98-ITINCI del 16.10.1998) de la Ley Antimonopolios y Antioligopolios del Sector Eléctrico, Ley 26876 (05.11.1997).

El reglamento de la ley es claro, el porcentaje se mide respecto a los ingresos brutos de las actividades a desarrollar comparándolos a los del mercado total de los rubros distribución y generación en este caso. Es meridianamente transparente que en esa oportunidad, ni actualmente, Luz del Sur SAA está en condición de superar el 5% de integración. Mal hace el Viceministro de Energía Raúl Pérez Reyes, el único viceministro que trabaja a tiempo parcial, para afirmar en una entrevista a RPP que si él hubiese estado a cargo no hubiera dado la autorización. Todo indica que no conoce bien ni la ley ni sus dos reglamentos: DS-087-2002-EM (21.05.2002) , donde justamente se refiere a la evaluación previa que debe hacer Proinversión para estos casos y el ya citado DS-017-98-ITINCI, donde se establece como se evalúa la concentración. 

EN RESUMEN

La confianza en la Ministra no existe, hay demasiadas suspicacias en torno a su accionar y a nombre de ello hemos entrado a una etapa del “vale todo”. Diciembre será agitado, hay que proponer en público si se quieren respuestas públicas. El tema es árido para la prensa diaria pero hay que buscar por todos los actores que se haga docencia y tengamos normativas que orienten convenientemente el mercado, es lo que está faltando hace mucho tiempo. Más personas deben dar opinión técnica valedera, y evitar que esto solo sea una guerra en las alturas con expresiones públicas plagadas de generalidades.




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