martes, 29 de marzo de 2016

RESERVA MARINA ALARMA A PETROLERAS

Escrito por: Juan Saldarriaga V.
Publicado en: El Comercio - Día 1- (28/03/2016)*

Hidrocarburos. Operadores de Cinco lotes-shores preocupados por nueva área protegida. Temen por proyectos de exploración en la Zona.



(*) Pueden verlo también en:
http://elamerica.cl/portal/2016/03/28/reserva-marina-alarma-a-petroleras/

miércoles, 16 de marzo de 2016

POR LA SOBERANÍA ENERGÉTICA - SOBRE LA RENEGOCIACIÓN DE LOS CONTRATOS-

ESCRIBE: JORGE MANCO ZACONETTI (Investigador UNMSM)

He tenido la oportunidad de haber sido asesor externo de la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República entre el 2001 y el 2004, y haber participado en más de una comisión investigadora sobre los contratos de hidrocarburos, en especial del   56 (Pagoreni) destinado a la exportación gracias a la serie de cambios contractuales que se introdujeron durante el gobierno del Presidente Alejandro Toledo.

También acompañé al extinto congresista Javier Diez Canseco conjuntamente con el ing. H. Campodónico en el 2004 a una reunión de trabajo con los directivos de la empresa Hunt Oil que luego formaría parte del Consorcio Perú LNG, representados por el ing. Carlos del Solar, B. Bruce y el economista Tamayo.

La razón de la invitación era participar en una exposición de la empresa sobre el negocio de la exportación a partir del gas natural del lote 56 que ya en dicha coyuntura suscitaba debate político y de preocupación en la opinión pública. Y recuerdo claramente que en la justificación del negocio que involucraba inversiones superiores a los 4,000 millones de dólares, el precio del gas natural proyectado del marcador  Henri Hub se estimaba entre los 10 a 12 dólares por millón de BTU. Es decir, era un gran negocio privado.

En ese momento nadie en sus cabales tenía una bola de cristal para predecir que a partir de la crisis financiera internacional del 2008, que se desató en setiembre negro, el precio del gas natural para Norteamérica se derrumbaría a niveles inferiores a los 4 dólares por millón de BTU, y que se mantendría así hasta ahora, en razón de una serie de factores en especial la explotación del “shale gas “ que ha convertido dicho sea de paso a los Estados Unidos en el primer exportador mundial de gas natural.

También recuerdo que en dicha reunión de trabajo se trataba de explicar las ventajas que tendría la exportación de gas natural licuefectado hacia el hemisferio norte pues apuntaría al fortalecimiento de las inversiones exploratorias en el entorno del Gran Camisea, y que con tales precios del gas natural las regalías del lote de exportación serían mayores a las regalías obtenidas por el lote 88 destinado desde el 2004 a satisfacer el mercado interno.

Es más, en la versión oficial se hacía siempre la distinción entre el lote 88 dedicado al mercado interno, con reservas probadas de gas natural descubiertas desde 1984 y con una tasa de regalías pactadas contractualmente del 37.24 por ciento. La explotación de este lote aseguraba precios regulados en razón de la ausencia de riesgo, tasa elevada de regalía y suponía alcanzar la autonomía energética para el país.

De otro lado en el 2004 el lote 56 transferido al mismo Consorcio Camisea estaría destinado a la exportación a pesar que sus reservas no tenían el carácter de reservas probadas, pues de ser así tenían que abastecer prioritariamente el mercado interno, según la normatividad vigente. Por ello, cabe preguntarse: ¿Quién firma un contrato de exportación sin tener las reservas suficientes? ¿Quién firma un contrato de exportación sin tener las reservas el carácter de reservas probadas? Solamente ello puede ocurrir en nuestro país, donde su clase dirigente no tiene una vocación de desarrollo por decir lo menos.

 Al margen de la falta de concurso para acceder a las reservas de dicho lote pues el cuestionado organismo estatal PerúPetro otorgó directamente las reservas de  2 trillones de gas natural y más de 200 millones de barriles de condensados al referido consorcio, lo cual fue materia de investigación por el Congreso de la República.

Sin embargo la “pera en dulce” lo constituyó el decreto supremo del 2005 mediante el cual las reservas probadas del lote 88 (2 trillones de pies cúbicos de gas natural) apuntalarían el proyecto de exportación del lote 56, pues se requerían más de 4.2 trillones para calificar e hipotecar las reservas de gas natural como una especie de garantía para acceder a los préstamos que hicieron posible la construcción de la gigante Planta de Licuefectación de Pampa Melchorita, la construcción del gasoducto destinado a la exportación y una serie de inversiones colaterales que superaban los 4,000 millones de dólares. 

LAS REGALÍAS DE EXPORTACIÓN POR EL SUELO

El negocio de la exportación del gas natural del lote 56 recién empieza en julio del 2010 con los embarques a México, USA y otros lugares de destino, siendo Perú LNG el consorcio responsable que a su vez tenía como empresa que efectuaría la exportación a la transnacional Repsol que sería sustituida por la Shell hacia el 2014.

Si se observa el cuadro “PlusPetrol Perú Corp.: Pago de Regalías por los lotes 88, 56” podemos obtener una serie de conclusiones sobre las características del negocio del gas de Camisea, donde debiera ser evidente que se privilegia la extracción de los líquidos de gas natural que tienen referentes internacionales por debajo del precio del petróleo internacional.

En el caso del gas natural del lote 88 con precio regulado para uso eléctrico de un dólar por millón de BTU multiplicado por un factor de ajuste relacionado con el índice de precios de la maquinaria y equipo vigente en USA, y para uso industrial de un1.80 dólar multiplicado por el mismo factor.
En el caso del gas natural del lote 56 el precio de referencia es el Henri Hub para las ventas hacia México con un descuento del 9 por ciento sobre dicho precio, y la determinación es el llamado “Net Back Price”, es decir, el precio hacia atrás, es el precio en el mercado de destino menos los costos de transporte, licuefectación, regasificación, etc.

Esta determinación del “Net Back” es importante pues para la fijación de la tasa de regalía el precio al cual se aplica la tasa es el precio que resulta después de haber deducido todos los costos, con un precio mínimo por millón de BTU el cual se está aplicando en la actualidad.

Para el caso de Camisea sea lote 88 y 56 se privilegia la explotación de los líquidos de gas natural en detrimento del gas natural, donde insistimos el gas del lote 88  tiene un precio regulado, él mismo que se está reinyectando en volúmenes crecientes, priorizando los líquidos que tienen referentes internacionales al igual que el petróleo. 

En el 2014 la producción de gas natural del lote 88 fue de 615 millones de pies cúbicos diarios, en el 2015 de 651 millones de pies cúbicos diarios, es decir aumentó 5.8 por ciento, pero la reinyección en dicho lote fue de más de 302 millones de pies cúbicos al día durante el 2015. Es decir, hay gas natural pero se privilegia la explotación de los líquidos de gas natural que proporcionan una mayor rentabilidad al Consorcio Camisea.

Se debe reconocer que del total de líquidos extraídos de los lotes 88 y 56 un promedio de 86 mil barriles diarios, el 50 por ciento se transforma en GLP en la Planta de Pisco por ello podemos señalar que Pluspetrol con la Planta de Fraccionamiento de Pisco es el mayor productor de gas licuado de petróleo, y tiene una posición de dominio conjuntamente con Repsol sobre dicho mercado.

También de los líquidos de gas natural (LNG) que se fraccionan en Pisco (Ica) un 40 por ciento es nafta, una especie de gasolina cruda que se exporta y que afuera se utiliza en la petroquímica básica y un 10 por ciento se convierte en un diesel limpio de azufre que se demanda en el mercado interno.
Como resulta evidente en el cuadro desde el 2010 el gas natural extraído del lote 56 se exporta a precios deprimidos actualmente, y su exportación fue posible gracias a los cambios en la ley de Promoción de la Industria del Gas Natural de la época de Fujimori que de alguna manera priorizaba el mercado interno sobre la exportación. 
En tal sentido, los cambios legales y  contractuales iniciados en el 2003 justificaron indebidamente la exportación del gas natural siendo el presidente de la República A. Toledo, y la clase política no cuestionó la exportación.

La lectura del cuadro en mención enfatiza el análisis del 2011 al 2015 donde las regalías que se obtienen por la explotación del gas natural del lote 88 destinado al mercado interno en relación a las regalías que se obtienen de la exportación con el gas del lote 56 con la excepción del 2011 prácticamente resultan mayores. Así, en los demás años las regalías del lote 88 con precio regulado son superiores a las regalías obtenidas de exportación a pesar que en algunos años los volúmenes de exportación fueron superiores a los destinados al mercado interno.

Las regalías que se obtienen del contrato por el lote 56 son actualmente regalías miserables. Así, en el 2015 las regalías percibidas por el lote de exportación fueron de 35 millones de dólares cuando en el 2011 sumaron los 285 millones, en razón de las variaciones del precio del gas natural a nivel internacional.

En el caso de los líquidos las regalías percibidas por el lote 88 y 56 las regalías están relacionadas con las tendencias del precio internacional del petróleo. En todo caso se demuestra que el negocio es la explotación de los líquidos de gas natural más que la explotación del gas natural.
En el 2015 sin embargo las regalías por el gas natural del lote 88 destinado al mercado interno superan las regalías pagadas por los líquidos. Pero en el caso del lote 56, las regalías por los líquidos triplican las regalías del gas exportado,  y la tendencia es decreciente de allí el interés por una renegociación contractual.

¿QUÉ HACER?

Algunos recomiendan por ejemplo que el Estado renegocie con el Consorcio Camisea y el Consorcio Perú LNG donde existen contradicciones empresariales dicho sea de paso, para que se “suelte más gas” para el mercado local  en razón de las mayores regalías obtenidas, pues actualmente del lote 88 se está destinando más gas natural  para la generación eléctrica y se está reinyectando más de 300 millones de pies cúbicos diarios del lote 88. 

Igualmente por medio de una negociación estratégica entre el Estado con el Consorcio Perú LNG algunos analistas recomiendan que siendo Shell la empresa responsable de la exportación del gas extraído del lote 56 pueda liberar parte del gas de exportación a México para abastecer a otros mercados con mejores precios. Ello sería posible triangulando la producción de Shell en los Estados Unidos para satisfacer los compromisos con el estado mexicano.

Sin embargo, no se trata de renegociar un solo contrato como puede ser el lote 56 que se exporta desde julio del 2010 pero cuyo origen contractual data desde el 2003 cuando se realizaron una serie de cambios en la ley de Promoción a la Inversión en la Industria del Gas Natural y se modificó el horizonte renovado en cada año por los 20 años siguientes.

Se deben renegociar absolutamente todos los contratos de licencia firmados, donde el Estado transfiere la propiedad sobre los hidrocarburos a cambio del pago de una regalía. Para ello la propia ley de hidrocarburos establece una segunda forma contractual, que se denomina “contrato de servicio”, donde el Estado paga una retribución al contratista pero retiene la propiedad sobre los hidrocarburos.

Así, sin afectar la rentabilidad privada los hidrocarburos serían del Estado pues como propietario a nombre de la Nación podría decidir si conviene exportar o priorizar el mercado interno, si conviene hacer petroquímica o quemar el gas en la electricidad. Sería el promotor de la masificación del gas natural a precios competitivos entiéndase barato.

Por ello constituye una aberración jurídica e histórica  que el Gasoducto del Sur tenga un avance del 33 por ciento según las declaraciones de la ministra de energía y minas, y no se tenga certeza sobre las reservas del gas natural que alimentarán el gasoducto que debe abastecer Cuzco, Arequipa, Puno, Moquegua y Tacna. 

¡De Ripley aunque Usted no lo crea! Hay suficiente gas en los lotes 88, 56, 57, 58, y 76 pero el Estado no puede decidir sobre las moléculas por las normas heredadas desde el fujimorismo, por tanto la masificación del gas natural dependerá de las decisiones de las empresas privadas cuyos intereses de rentabilidad  difícilmente coinciden con el interés público.




lunes, 14 de marzo de 2016

DUEÑOS DE NADA

Pubicado en: La República (14/03/2016)

Escrito por: Humberto Campodónico 




miércoles, 9 de marzo de 2016

martes, 8 de marzo de 2016

viernes, 4 de marzo de 2016

EL DERRUMBE DEL IMPUESTO A LA RENTA MINERO (La ilusión de los 3,000 millones anuales)

ESCRIBE: JORGE MANCO ZACONETTI (Investigador UNMSM)

Un tema fundamental de la agenda electoral debe ser el futuro del canon minero. Qué hacer frente a la disminución de tan importante renta regional que ha financiado la inversión en las provincias, la construcción de infraestructura, la inversión social, pero también ha sido una fuente de corrupción que ha corroído las bases de los gobiernos locales y regionales. Por ello, muchos dirigentes políticos, autoridades locales y regionales han sido denunciados ante la fiscalía y obran una serie de demandas judiciales por ilícitos penales.

Sin embargo, el canon minero desde su punto máximo alcanzado en el 2012 de 5,193 millones de soles ha disminuido a los 2,267 millones en el 2015 con tendencia a seguir cayendo en razón de la desaceleración de la economía mundial, los menores precios de los minerales, los menores ingresos y utilidades empresariales más los efectos del nuevo marco tributario vigente desde el último trimestre del 2011, puesto en práctica por el ungido gobierno del presidente Ollanta Humala. 

En tal sentido, una conclusión preliminar ha sido el notable fracaso sobre el objetivo de alcanzar y transferir al margen del canon minero, por lo menos  3,000 millones anuales por concepto de gravamen minero, impuesto especial y por la nueva regalía minera a partir del 2012 hasta el fin del mandato del presente gobierno.

Si se tiene presente que la fuente del canon minero es el 50 por ciento del impuesto a la renta abonado por los titulares mineros, él mismo que ha tenido un comportamiento ligado a la bonanza de precios de los minerales. Así, en el 2006 el impuesto a la renta pagado por la minería metálica era de 5,767 millones, para subir en el 2007 a los 8,703 millones de soles y mantenerse sobre los 7,764 millones de soles en el 2011 al inicio del gobierno del presidente Humala para derrumbarse a los 1,211 millones al cierre del 2015.

Un indicador más exigente para estimar el derrumbe del impuesto a la renta de la minería metálica es su relación con el total del “impuesto regularizado por actividad económica” en el período 2006 al 2015. Así, el conjunto de actividad económica que incluye los demás sectores (Comercio, manufactura, hidrocarburos, intermediación financiera etc.), es decir, las empresas que abonan el impuesto a la renta  de tercera categoría. Éstas pagaron por concepto de impuesto a la renta, incluyendo la minería metálica, abonaron en el 2006 la suma de 13,100 millones de nuevos soles, así la participación de la minería metálica fue del 44 por ciento, una de las más altas en la bonanza de precios.

En el 2011 el impuesto a la renta pagado por la minería metálica sumó los 7,764 millones de nuevos soles, y el total recaudado por el fisco por el conjunto de actividades económicas alcanzó la suma de 23,308 millones de soles, donde la participación de la minería representó el 33 por ciento. Es decir, de cada 100 soles recaudados por el fisco de todos los sectores, un tercio provenía de la actividad minera.

Sin embargo para el 2015 en razón de la desaceleración de la economía mundial, el menor crecimiento de la economía peruana, los menores ingresos de exportación pero sobre todo los efectos del nuevo marco tributario inaugurado en el 2011, prácticamente “tiran al piso” el impuesto a la renta de la minería metálica, llegando a representar apenas el 6 por ciento de la recaudación del “total del impuesto a la renta regularizado por actividad económica” con la ridícula cifra de 1,211 millones de soles, más o menos 345 millones de dólares.

En tal sentido, por más que aumente la recaudación del impuesto a la renta por los pagos a la Sunat en razón de la regularización y la declaración jurada de fines de mes de marzo del presente, el impuesto a la renta de la minería metálica así se dupliqué significará una caída estrepitosa, dramática del canon minero por distribuir en el período junio 2016/julio 2017, que adopta como base el impuesto pagado por el ejercicio fiscal 2015.

Debiera ser evidentemente que con los menores recursos fiscales en especial generados por el sector más importante de la economía peruana, como es la minería metálica, también será menor la capacidad del gobierno central, regional y local para resolver las demandas de la población en salud, educación, seguridad, infraestructura. Es decir, los más afectados serán como siempre los más pobres del país. 

NUEVO MARCO TRIBUTARIO: COMO EL CANGREJO

Una vez instalado el nuevo gobierno en el 2011, y siendo ratificado el equipo tecnocrático del ministerio de economía y finanzas que se arrastraba desde la dictadura fujimontesinista, en una negociación amigable con las empresas mineras se impuso un nuevo marco tributario que publicitó en los medios de prensa el objetivo de obtener por lo menos 3,000 millones de soles anuales como ingresos al margen del canon minero.

Así, se modificó el marco tributario minero dejando sin efecto el llamado “Aporte Voluntario” del segundo gobierno aprista, y se estableció el “impuesto especial” para las empresas sin contratos de estabilidad jurídica y tributaria, también se aplicó el “gravamen minero” para las empresas con contratos de estabilidad, y se modificó la ley de regalías mineras vigente desde el 2004 que imponía una contraprestación a favor del estado de hasta el 3 por ciento sobre el valor de los concentrados y/o su equivalente que superaban los 120 millones de dólares anuales.  

Tanto el impuesto especial, el gravamen y la nueva regalía fueron justificadas como un sustituto al llamado “impuesto extraordinario a las ganancias extraordinarias” en el ciclo de bonanza de precios de los minerales que se manifestó entre el 2004 al 2014 que tuvo como excepción los resultados del 2009 por la crisis financiera mundial.

Han transcurridos más de cuatro años de vigencia del nuevo marco tributario minero y no se han alcanzado los 3,000 millones de nuevos soles anuales que se pretendían captar por dichos conceptos. Una mentira más y una traición del falso nacionalismo. Lo máximo ha sido de 1,956 millones en el 2012 para ir disminuyendo año por año.

En el 2012 con altos precios del cobre y oro se transfirieron 5,193 millones de soles por concepto de canon minero, y por el gravamen se recaudó 942 millones, por el impuesto especial se obtuvo 442 millones y la nueva regalía sumó los 572 millones, tal como se puede apreciar en el cuadro “Transferencias de los Recursos Generados por la Actividad Minera a las Regiones”. En total se transfirieron 7,161 millones de soles por todos estos conceptos, siendo sin lugar a dudas el mejor año.
En el 2014 como se puede observar el canon minero transferido a las regiones y gobiernos locales siguió bajando para llegar a los 3,074 millones de soles. El gravamen minero se redujo a 535 millones de soles y el impuesto especial alcanzó los 372 millones. La nueva regalía también disminuyó para cerrar con 352 millones de soles.

En el 2015 el canon minero se redujo a los 2,267 millones de nuevos soles con tendencia a la baja. El gravamen sumó los 344 millones, el impuesto especial se redujo a los 208 millones y la nueva regalía representó los 352 millones. En total se transfirieron a las regiones mineras y gobiernos locales la suma de 3,370 millones como se podrá observar en el cuadro respectivo.

Si se tiene presente que tanto el gravamen como el impuesto especial constituyen recursos del tesoro público que los capta y administra el ministerio de economía y finanzas, no deja de ser una enajenación, una sustracción a los ingresos regionales, pues de otra forma serían parte del canon minero.

Con la excepción de las transferencias del canon minero que dependen del 50 por ciento del impuesto a la renta, la nueva regalía minera, el gravamen y el impuesto especial a la minería tienen la característica tributaria de ser gasto deducible para determinar la utilidad imponible al cual se aplica la tasa del impuesto a la renta, que para colmo de males también se ha reducido del 30 por ciento al 28 por ciento, supuestamente para favorecer la inversión. 

Desde el punto de vista tributario, ello significa que las empresas al pagar el gravamen, el impuesto especial y la nueva regalía por un lado abonan tales valores, pero por otro lado deducen y compensan disminuyendo la utilidad imponible, haciendo menor el impuesto a la renta por pagar, y de pasada ante un menor abono del impuesto a la renta de la minería metálica, se derrumba el canon minero, tal como se puede observar en el cuadro respectivo.

EPÍLOGO

 A los gobiernos regionales y locales de una u otra forma les han enajenado importantes recursos. Ello significa que los 1,956 millones pagados en el 2012  por gravamen, impuesto especial y nueva regalía, los 1,651 millones recaudados por los mismos conceptos en el 2013, los 1,436 millones de soles obtenidos en el 2014, y los 904 millones recaudados en el 2015, han sido sustraídos a los gobiernos locales y regionales mineros, es decir, han sido posible gracias a los menores montos del impuesto a la renta abonado por la minería metálica y por tanto, ello explica en gran parte la disminución del canon minero que tiende a licuarse.

Es cierto que existen otras figuras contables que se cargan a los costos de producción, gastos de venta y gastos administrativos, que tienen el efecto contable de disminuir la utilidad bruta y operativa, tales como los montos de depreciación, amortización de intangibles, deterioro de activos, pérdidas por diferencia de tipo de cambio, pérdidas por diferencias en los precios de liquidación de ventas, inversiones privadas que adoptan el carácter de inversiones públicas para asumir el carácter de gasto deducible. En fin, para ello se contratan a los mejores estudios jurídicos, tributarios  y contables para sacarle “la vuelta al fisco”, es decir al interés público.

Por tanto, sin dejar de reconocer tales mecanismos y artificios contables, para los dos últimos años del humalismo donde los precios del cobre y del oro son superiores a los vigentes  en el 2007, creemos que la “causa causal” por decir principal que explica el derrumbe del impuesto a la renta de la minería metálica, es la vigencia del nuevo marco tributario, pues ¿cómo se debiera explicar que con ingresos de exportación en el 2015 de 18,832 millones de dólares, al cierre del 2015 el impuesto a la renta abonado por la minería metálica apenas sea de 345 millones de dólares, es decir, constituya un ridículo porcentaje del 1.8 por ciento.

Por tanto, ante menores montos del canon minero por distribuir en el período junio 2016/julio 2017, frente a la reducción de las regalías mineras viejas y nuevas, y la dramática disminución del gravamen e impuesto especial, el nuevo gobierno elegido se verá enfrentado a una generalizada protesta social por mayores recursos para las regiones y provincias mineras. Es más, no solamente se derrumba el canon minero, sino también el canon petrolero y  gasífero, pero esa es otra historia.







miércoles, 2 de marzo de 2016

SOBRE EL MERCADO DEL GAS

Escrito por: Álvaro Ríos
Publicado en: Diario Gestión (01/03/2016)

"Existen diversas metodologías para determinar precios de gas natural. una es referenciar los precios del gas natural al petróleo y/o derivado. Otra es referirlos a los diversos hubs (nodos de formación de precios) en diversos puntos del planeta"