LO BUENO, LO MALO Y LO FEO
ESCRIBE: JORGE MANCO ZACONETTI (Investigador UNMSM)
Nadie puede estar en desacuerdo sobre el imperativo categórico de modernizar integralmente la refinería de Talara proyecto que se inició en el 2005 cuando el Congreso de la República de ese entonces aprobó una serie de normas ambientales que limitaban el consumo de combustibles con altos contenidos de azufre; ya con anterioridad se había prohibido la utilización de plomo en las gasolinas, y el consumo de combustibles limpios en el mercado interno constituye una obligación social que tienen que asumir los refinadores locales y los importadores.
Por ello entre el 2006 a la fecha PetroPerú en las diversas administraciones formó una comisión de alto nivel técnico para analizar los diversos requerimientos de la modernización de su más importante refinería, con una serie de unidades y procesos adicionales en razón que la inversión ambiental identificada en la planta de desulfurización “per se” no constituía un negocio rentable.
Lamentablemente en nuestros países no existe la costumbre de abonar relativamente mayores precios por los combustibles limpios, y por tanto una inversión ambiental de 1,000 millones de dólares constituye una inversión necesaria pero de lenta recuperación.
No solamente será una nueva refinería con una capacidad de 95 mil barriles diarios de tratamiento, es decir 30 mil barriles más a su capacidad actual, sino también se ampliará con la norma aprobada recientemente por el Congreso, la destilación al vació, la unidad de craqueo catalítico, se levantará una nueva unidad de tratamiento de crudos pesados, se contará con una planta de ácido sulfúrico y una serie de inversiones conexas que la convertirá en la más moderna del país, obligando a la competencia Repsol La Pampilla a realizar también las inversiones ambientales.
Si bien, la inversión más importante por razones ambientales y de salud es la planta de desulfurización, que permitirá retirar el alto contenido de azufre del crudo proveniente del Ecuador, Colombia, y de nuestra selva nororiental (lote 1-AB, lote 67 y otros) permitiendo la refinación de combustibles con 50 partes por millón de azufre, y no los 2,500 partes que se procesan actualmente.
La planta de desulfurización permitirá a partir del 2018 que la nueva refinería procese 40 mil barriles diarios de diesel 2 limpios con 50 partes por millón de azufre que abastecerán parte del mercado interno de este derivado que para esa fecha su demanda diaria se estima que estará por encima de los 100 mil barriles diarios.
Con esta inversión valorizada en cerca de 1,000 millones de dólares PetroPerú sustituye las importaciones de 12 mil barriles diarios en promedio que realiza de este combustible limpio que por ahora satisface el mercado de Lima-Callao, Arequipa y que a partir del 2016 será de uso obligatorio a nivel nacional. Por ello, la modernización de la petrolera de estatal al respecto era necesaria por razones ambientales, de salud para amortiguar los efectos en las enfermedades broncopulmonares. Esto también tiene una segunda derivada en el ahorro del Estado en el gasto de salud que representa millones de dólares, y una mejor calidad de vida para millones de peruanos.
Lo mismo se podrá a decir con respecto a la producción futura del lote 67 de Perenco que antes del 2018 estará bordeando los 60 mil barriles diarios de crudo pesado de 15 grados API, que tendrían que ser exportados por la incapacidad actual de las refinerías locales de procesar este crudo pesado. De allí la importancia de la modernización integral de PetroPerú que le permitirá tratar más de 85 mil barriles diarios de la producción conjunta de Perenco y del nuevo operador del lote 1-AB
Lo mismo se podrá decir de la planta de ácido sulfúrico que tiene una gran demanda en la gran minería de cobre y oro abonándose más de 80 dólares por tonelada, y por la cercanía a los fosfatos de Báyóvar puede enriquecer dicho recurso como fertilizante, ahora que se exporta aprovechándose un 30 por ciento de su valor potencial.
En Piura, con una política promotora se harían sinergias con los importantes volúmenes de gas natural que se reinyectan, con las toneladas de ácido sulfúrico de la nueva refinería y los fosfatos que se exportan a precios castigados en cualquier país con un proyecto nacional de desarrollo se los aprovecharía para enriquecer su agricultura con mejores fertilizantes.
Con una inversión de 3,500 millones y un efecto multiplicador de 1.5, la construcción integral del proyecto de modernización significarán efectos positivos de un punto de crecimiento del PBI con efectos en el empleo y los ingresos de los trabajadores que superarán en su pico más alto los 18 mil empleos directos e indirectos, más una contribución fiscal por encima de los 240 millones de dólares anuales.
LO MALO Y LO FEO
Si bien por normas anteriores del propio Congreso de la República y acuerdos anteriores del Directorio de PetroPerú se permitía la venta de acciones de hasta el 20 por ciento ha llamado la atención el artículo 3 sobre la Participación Privada donde se sostiene en el inciso “3.2 En el proceso de emisión o venta de acciones, a que se refiere el numeral 3.1 de la presente Ley, el Estado Peruano podrá vender, un porcentaje de hasta el 49% de las acciones en circulación con derecho a voto a través del mercado de valores.
¿Qué explica el aumento de la participación del capital privado de un hasta 20 por ciento a un hasta 49 por ciento? Si se consideran los candados adicionales expuestos sobre todo en el artículo 6 referido a las Actividades de PetroPerú donde se señala que: “Establézcase que PETROPERÚ podrá realizar actividades y proyectos de inversión, siempre y cuando no generen a la empresa pasivos firmes o contingencias, presentes o futuros, no afecten las garantías del PMRT y no demanden recursos al Tesoro Público. Esto no limita aquellos proyectos que permitan mantener la operatividad de la empresa a la entrega en vigencia de la presente ley. Es responsabilidad del Directorio determinar restrictivamente los proyectos que están destinados a mantener la operatividad de la empresa. Cuando PETROPERÚ genere los flujos suficientes para garantizar el pago del endeudamiento a ser contrario para realizar las inversiones vinculadas al PMRT, y se haya incorporado una participación privada de cuadro al menos el 40% en su capital social en circulación, ya no tendrá restricciones en la realización de actividades y proyectos de inversión.”
¿Cómo traducir este incremento en la participación privada en el capital social y de otro lado los candados referidos en el artículo 6?
Una empresa refinera por más modernizada que sea solamente percibirá los márgenes correspondientes pues está demostrado hasta la saciedad y la experiencia que la forma eficiente y rentable de operar en la actividad de hidrocarburos es la integración vertical, es decir la unidad técnica/material de la explotación de crudo, la refinación y la distribución mayorista y minorista (grifos).
Al condenar a la petrolera estatal a la actividad refinera modernizada, el transporte y la distribución mayorista, sus márgenes se incrementarán es verdad con los nuevos procesos industriales, pero enfáticamente su rentabilidad no será atractiva para un inversionista privado, pues el negocio rentable está en la explotación de los hidrocarburos, y en la maximización de la renta petrolera.
Por ello, la única posibilidad de incrementar sustantivamente la rentabilidad de PetroPerú está en relación a la explotación del crudo del lote 64 que con reservas probadas de 55 millones de barriles y un potencial de 400 millones de barriles le otorgaría a la petrolera estatal la posibilidad de un flujo de caja positivo en los próximos años y que le permitirían financiar sus propias operaciones y parte de la modernización de la refinería.
Sin embargo, la norma aprobada por el Congreso de la República impide que PetroPerú capitalice las inversiones realizadas por Talisman en el lote 64 entre el 2006 al 2012 que suman casi 500 millones de dólares y que fueron transferidas a la petrolera estatal a inicios del 2012 sin costo alguno a través de una cesión contractual práctica usual en los negocios.
Por ello cabe preguntarse ¿cuál sería la rentabilidad de un lote con más de 55 millones de barriles de reservas probadas de un crudo liviano que valorizaría las reservas de crudo pesado del lote1-AB si estas fueran transferidas también al Estado? ¿Cuánto vale un contrato que en los próximos 30 años pagaría 5 por ciento de regalías al fisco y que está geográficamente cerca para conectarse con el gran Oleoducto Norperuano activo de PetroPerú.
En sustancia, el espíritu de la norma aprobada en especial el artículo 6 contraviene por ejemplo la participación minoritaria de PetroPerú del 25 por ciento en los contratos próximos a su vencimiento de Talara, en especial del lote VI/VII donde opera la empresa china Sapet que se constituye en el lote más atractivo de la zona.
Una asociación del 25 por ciento en los contratos próximos a su vencimiento. y/o la asociación mediante un “joint venture” de PetroPerú en el lote 64 con cualquier empresa privada, no podría ser posible con esta norma pues se estarían generando “pasivos firmes o contingentes, presentes o futuros”. Si en la fórmula básica de la contabilidad en especial de la partida doble, los activos de una empresa son iguales a los pasivos más su patrimonio”, la simple formación de una nueva empresa, las inversiones propias, su financiamiento y/o una asociación de PetroPerú con cualquier empresa no sería posible por propio mandato de su titular: el Estado.
Ante estas incoherencias que limitan el fortalecimiento de PetroPerú, lo menos que puede hacer el Presidente de la República es observar estos artículos lesivos a la petrolera estatal, en especial la privatización del 49 por ciento de su capital social y en especial el artículo 6 que constituye un candado ideológico que recuerda las prácticas privatizadoras de los años noventa del siglo pasado propias del fujimorismo.
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